Posicionamiento
Precio y estrategia de salida.
PARA PROPIETARIOS
El precio, la presentación y el momento. Cada decisión cuenta.
EL PUNTO DE PARTIDA
Antes de publicar, hay que entender qué hace distinto tu inmueble.
UNA VALORACIÓN CON CRITERIO
Estudiamos el inmueble y las compraventas reales de la zona para preparar la comercialización.
¿HABLAMOS?
Tú pones el proyecto. Nosotros, el criterio y el acompañamiento.

NEXT>HOME Immobiliària · Vender o alquilar un inmueble en Girona
Leemos el inmueble y el mercado antes de decidir cómo presentarlo, defender su valor y encontrar a la persona adecuada.

Estrategia antes que portal
Analizamos el inmueble, el mercado, su posicionamiento y el público objetivo. Con esta lectura definimos si conviene vender o alquilar, cómo salir y qué merece la pena preparar.
Qué hacemos
Precio y estrategia de salida.
Fotografía, espacio y potencial.
Portales, base de compradores y difusión.
Visitas, ofertas y cierre.

Preparación comercial
Definimos cómo presentarlo y, cuando aporta valor a la operación, utilizamos fotografía, home staging o visualización 3D únicamente como herramientas de comercialización.

Buscas un inmueble en Girona
Registraremos tus criterios de compra o alquiler de forma confidencial para filtrar oportunidades con más precisión.

Valoración
Una estimación automática es solo el punto de partida. La ubicación, el estado, la distribución, el uso y la presentación completan la lectura.
Empezar la valoraciónTenemos oficina en Girona y trabajamos principalmente en Girona ciudad, el Gironès y el Alt Empordà. Si tu inmueble está en otro municipio de la provincia, indícanos dónde para valorar el encargo.
Sí. Puedes empezar con el valorador gratuito de la web y contactar con el equipo para contrastar la estimación con las características y el estado del inmueble.
No. Es una referencia orientativa. Una valoración comercial requiere contrastar el inmueble y el mercado; una tasación oficial tiene otra finalidad y procedimiento.
Municipio, tipo de inmueble, superficie aproximada y si quieres vender o alquilar. En la primera conversación concretamos la documentación y los siguientes pasos.
Concretamos servicios, honorarios y condiciones antes de iniciar la comercialización, según las necesidades de la operación.
Sí. Podemos hablar de búsqueda y comercialización de activos o del lanzamiento de una promoción. Definimos objetivo, presupuesto y alcance en cada caso.
Comparamos viviendas similares de la misma zona y revisamos superficie, estado, planta, ascensor, luz y espacios exteriores. Distinguimos el precio anunciado del precio de cierre cuando disponemos de ese dato. Con esta información proponemos un precio de salida razonado y lo contrastamos con las consultas y visitas recibidas.
La media de la ciudad es una referencia general, pero no determina el valor de un piso concreto. Para un inmueble en el Barri Vell, el Eixample, la Devesa o la Creu de Palau, hay que buscar comparables del entorno y considerar las características del edificio y de la vivienda. Puedes empezar con una estimación gratuita y pedirnos una valoración de tu caso.
Un inmueble bien preparado y con precio ajustado puede recibir visitas cualificadas en pocas semanas; el plazo real depende del precio, la demanda y sus características.
Sí. Tener una hipoteca pendiente no impide vender la vivienda. Hay que acordar cómo se liquidará el préstamo y se cancelará la carga, o si el comprador asumirá la deuda con el consentimiento del banco. La venta, por sí sola, no te libera de la obligación de pagar el préstamo.
Se puede coordinar la venta con el pago del saldo pendiente. Hay que distinguir cancelar la deuda con el banco de cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad: pagar el préstamo no borra automáticamente la carga registral. La escritura de cancelación hipotecaria está exenta de AJD, pero eso no elimina los gastos de formalización y tramitación que correspondan.
Fuentes oficiales: BOE — Llei hipotecària, art. 82 i 118 · ATC — Cancel·lació d’hipoteca
Las arras son una cantidad que el comprador entrega al vendedor en el marco de la compraventa. Sus efectos dependen del tipo de arras y de lo pactado: no todas permiten cancelar la compra perdiendo simplemente el importe entregado.
Cuando se aplica el derecho civil catalán, las cantidades entregadas se presumen arras confirmatorias: acreditan la conclusión del contrato y son un anticipo del precio. No dan, por sí solas, un derecho libre de desistimiento.
Las arras penitenciales deben pactarse expresamente. Permiten desistir: si desiste el comprador, las pierde; si lo hace el vendedor, las devuelve dobladas. Si el contrato prevé financiación bancaria, la denegación documentada puede permitir desistir con devolución si se cumplen los requisitos del artículo 621-49 del Código civil de Cataluña. No es una devolución automática ante cualquier denegación de hipoteca.
Fuentes oficiales: BOE — Codi civil de Catalunya, art. 621-8, 621-37 i 621-49 (Llei 3/2017)
Sí, pero vender el piso no extingue automáticamente el alquiler ni obliga al inquilino a irse. El comprador debe respetar el arrendamiento en los términos que establezca la normativa aplicable al contrato.
El inquilino puede tener derecho de tanteo (comprar antes que un tercero en las condiciones comunicadas) y de retracto (adquirir después de la venta en los supuestos legales). Hay que comprobar si existe una renuncia válida o alguna excepción. Aunque se haya pactado la renuncia, la Ley de arrendamientos urbanos obliga a comunicar la intención de vender con una antelación mínima de 30 días a la formalización de la compraventa. Los contratos antiguos pueden tener un régimen distinto.
Fuentes oficiales: BOE — Llei d’arrendaments urbans, art. 14 i 25 · BOE — Reial decret llei 7/2019, disposició transitòria primera
Sí, pero antes hay que regularizar la herencia y acreditar quién puede transmitir la vivienda. En las sucesiones regidas por el derecho catalán, la herencia se adquiere con la aceptación; si el piso forma parte de una comunidad hereditaria, venderlo requiere el acuerdo unánime de los coherederos.
Fiscalmente, heredar y vender después son operaciones distintas. La herencia tributa por el impuesto sobre sucesiones, con las reducciones y bonificaciones aplicables; el plazo general de presentación y pago es de seis meses desde el fallecimiento, no desde la venta. La venta posterior puede generar una ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF, y hay que revisar la plusvalía municipal tanto en la herencia como en la venta.
Fuentes oficiales: BOE — Codi civil de Catalunya, llibre quart, art. 411-5 i 463-5 · ATC — Termini de l’impost sobre successions · BOE — Llei de l’IRPF, art. 33–36 · BOE — Llei d’hisendes locals, art. 104–110
En un alquiler de vivienda habitual, la fianza legal obligatoria es de una mensualidad de renta. No debe confundirse con una garantía adicional ni con el pago del primer mes.
En Cataluña, la persona arrendadora debe depositar la fianza en el INCASÒL en el plazo de dos meses desde la formalización del contrato. Las garantías adicionales deben quedar diferenciadas de la fianza legal y respetar los límites legales.
Fuentes oficiales: BOE — Llei d’arrendaments urbans, art. 36 · INCASÒL — Dipòsit de fiances
Se pueden pactar garantías adicionales, pero con límite. En contratos de vivienda de hasta cinco años, o hasta siete si el arrendador es una persona jurídica, la garantía adicional no puede superar dos mensualidades de renta. Este límite es aparte de la fianza legal de una mensualidad.
Se puede utilizar, por ejemplo, un depósito adicional o un aval bancario de importe limitado, respetando ese tope. Tampoco se puede sustituir el límite exigiendo varias mensualidades por adelantado: la Ley de arrendamientos urbanos no permite exigir anticipadamente más de una mensualidad de renta.
Fuentes oficiales: BOE — Llei d’arrendaments urbans, art. 17.2 i 36.5 · BOE — Reial decret llei 7/2019, art. 1, apartat catorze
Sí. El municipio de Girona está incluido en la declaración de zona de mercado residencial tensionado, con efectos desde el 16 de marzo de 2024 y una vigencia inicial de tres años. Se refiere al municipio, no a toda la provincia.
Para alquilar vivienda habitual: si ha habido un contrato en los últimos cinco años, el límite es la renta anterior actualizada, con las excepciones legales. Si el arrendador es gran tenedor, también se aplica el límite del índice de referencia estatal, y prevalece el más bajo. Si no ha habido contrato en los cinco años anteriores, la declaración catalana aplica el límite del índice también a los pequeños propietarios. Los anuncios y los contratos deben incluir la información legalmente exigible.
Para vender, la declaración no fija por sí sola un tope al precio de una vivienda libre. Sí hay que revisar restricciones y derechos de adquisición preferente: la Generalitat tiene derechos de tanteo y retracto en determinadas transmisiones, entre ellas las de viviendas de grandes tenedores personas jurídicas en zona tensionada.
Fuentes oficiales: BOE — Resolució de 14 de març de 2024 (zona tensionada) · BOE — Llei d’arrendaments urbans, art. 17.6 i 17.7 · BOE — Llei catalana 18/2007, art. 59 i 66 · BOE — Decret llei 1/2015, art. 2 · Generalitat — Preguntes freqüents sobre la limitació de rendes
Información general contrastada con fuentes oficiales el 4 de octubre de 2026. Cada caso debe revisarse de forma particular y esta información no sustituye el asesoramiento jurídico o fiscal. Cuéntanos tu situación y te orientaremos en los siguientes pasos. Consulta tu caso
Primera conversación
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